Renovables TORSA

Condiciones de venta

1 GENERALIDADES.

  • 1.1 Las ventas de nuestros productos se regirán por las presentes Condiciones Generales de Venta, excepto en todo aquello que esté expresamente acordado de forma distinta en la oferta correspondiente o en la aceptación del pedido y que constituya las condiciones particulares del mismo. Las mismas serán de aplicación prioritaria, en su caso, sobre las condiciones generales del comprador. Por ello, carecen de valor, a todos los efectos, cualesquiera otras condiciones que no se hayan aceptado expresamente por TORSA (en adelante el Vendedor).
  • 1.2 Se considerará que las presentes Condiciones Generales han sido comunicadas al Comprador desde el momento en que a éste se le comunica la página web en que se encuentran las mismas o recibe una oferta del Vendedor acompañada de estas Condiciones. Alternativamente, se considerarán como comunicadas si el Comprador las recibió previamente en el curso de su relación comercial con el Vendedor. La realización de una venta de productos por parte del Vendedor al Comprador supone la aceptación, plena y sin reservas, por éste de sus términos que se consideran automática y válidamente incorporados a las relaciones mercantiles entre las partes.
  • 1.3 La firma del albarán o documento de entrega lleva implícito la aceptación de las presentes Condiciones Generales de Venta, así como de la calidad, cantidad y estado de la mercancía.

2 PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL.

El Comprador reconoce que las marcas y nombres comerciales que identifican al Vendedor y a sus productos pertenecen y pertenecerán única y exclusivamente al Vendedor [TORSA] y el Comprador no podrá reclamar nada ni tener ningún derecho respecto a las mismas.

La propiedad intelectual y/o industrial de la oferta, en todos sus términos, y la información adjunta a la misma, así como la de los productos objeto de venta y la de los elementos, planos, dibujos, software, etc., incorporados o relativos a los mismos, pertenece al Vendedor, por lo que queda expresamente prohibida su utilización por el Comprador para otros fines que no sean la cumplimentación del pedido, así como su copia total o parcial o cesión de uso a favor de terceros sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor.

El Vendedor podrá facilitar el nombre del Comprador como parte de sus referencias comerciales.

3 FORMALIZACIÓN DE PEDIDOS Y ALCANCE DE LA COMPRAVENTA.

  • 3.1 El alcance de la venta deberá estar claramente especificado en el pedido del Comprador. Para que se considere efectivo, el pedido tiene que recibir una aceptación expresa por parte del Vendedor. Los pedidos efectuados vía on line se regirán por las condiciones indicadas en el sistema creado al efecto.
  • 3.2 La venta incluye únicamente los productos objeto del pedido, a excepción de los casos en los que, en el pedido del Comprador que haya sido aceptado por el Vendedor, se incluya explícitamente alguna documentación, información, soporte o servicio adicionales.
  • 3.3 Los pesos, dimensiones, capacidades, especificaciones técnicas y configuraciones referentes a los productos del Vendedor incluidos en catálogos, folletos, prospectos y literatura técnica, tienen carácter orientativo y no vinculante, con excepción de los casos en que el Vendedor acepte una especificación cerrada del Comprador, la cual tiene que formar parte de los documentos del pedido.
  • 3.4 Las modificaciones y/o variaciones del alcance, plazos o demás términos de un pedido que pueda proponer una de las Partes, deben notificarse a la otra parte, siempre por escrito, y, para que sean válidas, deberán ser aceptadas por dicha parte. Tendrán igualmente la consideración de modificaciones y/o variaciones aquellas provocadas por cambios en la legislación, reglamentación y normativa aplicable que se produzcan tras la fecha de presentación de la oferta correspondiente; si tales modificaciones y/o variaciones vinieran a imponer obligaciones adicionales o más onerosas sobre el Vendedor, éste tendrá derecho a que se realice un ajuste equitativo de los términos contractuales que refleje plenamente las consecuencias de la ley o regulación nueva o modificada.

4 PRECIO.

  • 4.1 Los precios de venta son netos sin incluir IVA ni cualquier otro impuesto, derecho o tasa, que se repercutirán posteriormente en la factura con los tipos correspondientes. Salvo que exista una estipulación contraria en el pedido, o un acuerdo al respecto entre el Comprador y el Vendedor derivado de su relación comercial, los precios incluyen embalaje, pero no incluyen ni transporte, ni cargas, ni seguros. Estos precios son únicamente válidos para el pedido de la totalidad de los productos especificados en la oferta.
  • 4.2 En el caso de ofertas previas al pedido, los precios ofertados tendrán la validez temporal que se indique en cada caso y en este periodo se considerarán como fijos para las condiciones de pago y cantidades especificadas en la oferta.
  • 4.3 Una vez aceptado el pedido por el Vendedor, los precios se considerarán fijos y no sujetos a revisión. No obstante, será aplicable una revisión de precios cuando:
    • 4.3.1 Se haya convenido entre el Comprador y el Vendedor.
    • 4.3.2 Se haya modificado el pedido a petición del comprador, y, en general, se produzca cualquier variación y/o modificación en virtud de lo establecido en las presentes condiciones.
    • 4.3.3 Los precios se hayan cotizado en una moneda distinta al EURO en la medida en la que la misma haya experimentado una variación de la paridad con respecto al EURO desde la fecha del pedido hasta las fechas contractuales de facturación de cada hito.

5 CONDICIONES DE PAGO.

  • 5.1 La oferta del Vendedor o, en caso de que no existiese tal, el pedido del Comprador aceptado por el Vendedor, incluirá las condiciones de pago. También se podrán emplear unas condiciones de pago previamente especificadas en el marco de un acuerdo de relación comercial continua entre el Comprador y el Vendedor. Dichas condiciones de pago deberán atenerse a lo previsto en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, sin superar en ningún caso los plazos máximos establecidos en la misma.
  • 5.2 En defecto de otro pacto, el plazo de pago será el estipulado por la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
  • 5.3 El pago se realizará en las condiciones acordadas, en la cuenta bancaria del Vendedor o mediante otro procedimiento acordado. El pago se realizará sin ninguna deducción tal como retenciones no acordadas, descuentos, gastos, impuestos o tasas, o cualquier otra deducción.
  • 5.4 Si, por causas ajenas al Vendedor, se retrasase la entrega, montaje o puesta en marcha o la recepción de los productos, se mantendrán las condiciones y plazos de pago contractuales.
  • 5.5 En caso de retraso en los pagos por parte del Comprador, y salvo acuerdo expreso al respecto, éste tendrá que pagar al Vendedor, sin requerimiento alguno y a partir de la fecha de vencimiento del pago, los intereses de demora del pago retrasado, que se calcularán conforme a lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre. El pago de estos intereses no liberará al Comprador de la obligación de realizar el resto de los pagos en las condiciones acordadas.
  • 5.6 En caso de que el Comprador incurra en retrasos en los pagos acordados, el Vendedor podrá suspender de forma provisional o definitiva, a su elección, el envío de los productos, o la prestación de los servicios, sin perjuicio de requerirle al Comprador la realización de los pagos atrasados y de reclamarle, en su caso, compensaciones adicionales por esta suspensión.
  • 5.7 La formulación de una reclamación por parte del Comprador, no da derecho al mismo a la suspensión o deducción alguna en los pagos comprometidos.
  • 5.8 Los productos objeto de pedido se suministrarán bajo reserva de dominio a favor del Vendedor, hasta el total cumplimiento de las obligaciones de pago del Comprador, quedando obligado éste último a cooperar y adoptar cuantas medidas sean necesarias o convenientes y las que proponga el Vendedor para salvaguardar su propiedad sobre dichos equipos y materiales.

6 PLAZO Y CONDICIONES DE ENTREGA.

  • 6.1 El plazo de entrega se entiende para los productos entregados en la forma y condiciones indicadas en la aceptación del pedido, debiendo previamente el Comprador haber efectuado los pagos previstos en su caso.
  • 6.2 El plazo de entrega será modificado cuando:
    • 6.2.1 El Comprador no entregue en plazo la documentación que sea necesaria para la entrega de los productos.
    • 6.2.2 El Comprador requiera modificaciones en el pedido, que sean aceptadas por el Vendedor y que, a juicio del Vendedor, requieran una extensión del plazo de entrega.
    • 6.2.3 Para la entrega de los productos sea imprescindible la ejecución de trabajos por parte del Comprador o sus subcontratistas y estos no se hayan ejecutado a tiempo.
    • 6.2.4 El Comprador haya incumplido alguna de las obligaciones contractuales del pedido, en especial la que se refiere a pagos.
    • 6.2.5 Por causa no directamente imputable al Vendedor se produzcan retrasos en la producción o disposición de todos o algunos de los elementos del producto. De forma ilustrativa, pero no limitativa, se incluyen las siguientes causas de retraso: huelgas de suministradores, transportes y servicios, fallos o retrasos en los suministros de terceros, fallos en los sistemas de transportes, inundaciones, temporales, disturbios, huelgas, paros de personal del Vendedor o sus subcontratistas, sabotajes, paradas accidentales en los talleres del Vendedor por averías, etc. y las causas de fuerza mayor contempladas en la legislación vigente.
  • 6.3 En caso de producirse un retraso en la entrega de los productos objeto del pedido directamente y únicamente imputable al Vendedor, el Comprador aplicará la penalidad acordada previamente con el Vendedor, si esta existiera, siendo dicha penalidad la única acción indemnizatoria posible por causa de retraso.

7 TRANSPORTE.

Los portes y seguros, siempre son a cargo del Comprador, puesto que las ventas realizadas por el Vendedor se realizarán najo el Incoterms EXW (Ex Works), salvo pacto expreso. Las mercancías viajan siempre por cuenta y riesgo del Comprador.

Los riesgos por pérdida o deterioro de las mercancías se transmitirán al Comprador, desde el momento de su entrega o puesta a disposición.

En el caso de que la entrega o puesta a disposición se demoraran por causa imputable al Comprador, la transmisión de los riesgos se producirá desde el momento en que, conforme a lo pactado, debiera haberse producido la entrega o puesta a disposición.

8 DEVOLUCIÓN DE MATERIALES. RECLAMACIONES.

  • 8.1 En ningún caso el Vendedor admitirá devoluciones sin previo acuerdo al respecto con el Comprador y previa la firma y entrega del documento de autorización para devoluciones del Vendedor.
  • 8.2 En cualquier caso, las reclamaciones del Comprador al Vendedor deberán realizarse por escrito y de forma fehaciente.
  • 8.3 En caso de una devolución por error en el pedido o por otras causas ajenas al Vendedor, y a salvo de acuerdo expreso al respecto, se cargará un 5 % del valor neto de material devuelto en concepto de costes de revisión y acondicionamiento.
  • 8.4 El Vendedor no admitirá devoluciones de materiales que hayan sido desprecintados de su embalaje original, utilizados, montados en otros equipos o instalaciones, o sujetos a desmontajes ajenos al Vendedor
  • 8.5 El Vendedor, salvo acuerdo expreso en contra, tampoco admitirá devoluciones de productos diseñados o fabricados específicamente para el pedido.

9 GARANTÍAS.

  • 9.1 Salvo estipulación expresa en contrario incluida en la oferta o aceptación del pedido, el Vendedor garantiza los productos que haya suministrado para uso industrial en lo referente a defectos de materiales, fabricación o ensamblado por un periodo de 1 AÑOS contado a partir de la fecha de venta, siempre y cuando sean manipulados por profesionales cualificados, de acuerdo con las normas en vigor y utilizados en condiciones normales.
  • 9.2 La garantía expresada en el apartado 9.1 consiste en la reparación o sustitución (a elección del Vendedor) de los elementos que se hayan reconocido como defectuosos, bien por defectos del material o por defectos de fabricación o de ensamblado. Las reparaciones se entienden realizadas en los talleres, fábricas o laboratorios del Vendedor.
  • 9.4 En ningún caso el Vendedor se hará cargo de las reparaciones efectuadas por personal ajeno a su organización.
  • 9.5 La garantía no es aplicable en caso de deterioro que no sea directamente imputable al funcionamiento normal del producto, como las averías que resulten de impactos, errores de manipulación, intervenciones o tentativas de intervención del Comprador en el material para operaciones de mantenimiento, reparación o ajuste o cualquier otra modificación efectuada por el Comprador. Además, quedan excluidos de la garantía, la cual se considerará asimismo caducada, los daños y defectos originados por conservación o mantenimiento inadecuados, almacenamiento o uso erróneo o negligente, uso abusivo, utilización de líquidos y gases inadecuados así como flujo o presión inadecuados, montajes defectuosos, variaciones en la calidad del suministro eléctrico (tensión, frecuencia, perturbaciones,…), modificaciones introducidas sin aprobación del Vendedor, instalaciones realizadas o modificadas posteriormente sin seguir las instrucciones técnicas del producto y, en general, cualquier causa que no sea imputable al Vendedor.

10 LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD.

La responsabilidad del Vendedor, sus agentes, empleados, subcontratistas y proveedores por las reclamaciones derivadas del cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no excederá en conjunto del precio básico contractual y no incluirá en ningún caso perjuicios derivados del lucro cesante, pérdida de ingresos, producción o uso, costes de capital, costes de inactividad, demoras y reclamaciones de clientes del Comprador, costes de energía sustitutiva, pérdida de ahorros previstos, incremento de los costes de explotación ni cualesquiera perjuicios especiales, indirectos o consecuenciales ni pérdidas de cualquier clase. La limitación de responsabilidad contenida en la presente cláusula prevalecerá sobre cualquier otra contenida en cualquier otro documento contractual que sea contradictoria o incongruente con la misma, salvo que tal previsión restrinja en mayor medida la responsabilidad del Vendedor.

11 LIMITACIÓN DE EXPORTACIÓN.

El Comprador reconoce que los productos objeto de venta por el Vendedor pueden estar sujetos a provisiones y regulaciones locales o internacionales relativas al control de exportación y, que sin las autorizaciones para exportar o reexportar de las autoridades competentes, no se puede vender, arrendar, ceder, transferir, etc., los productos vendidos ni utilizarlos para cualquier propósito que no sea lo pactado. El comprador es el responsable de cumplir con tales provisiones y regulaciones.

Los productos vendidos no pueden ser utilizados ni directa ni indirectamente, en conexión con el diseño, la producción, el uso o almacenamiento de armas químicas, biológicas o nucleares ni para los sistemas de transporte de las mismas.

12 CONFIDENCIALIDAD.

Las partes deberán tratar confidencialmente todos los documentos, datos, materiales e información proporcionada por una de ellas a la otra y no revelarlos a ningún tercero ni usarlos para ningún propósito distinto del cumplimiento y desarrollo del suministro, a menos que conste previamente por escrito el consentimiento de la otra parte.

13 PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

En cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos, los datos personales que subyacen de estas condiciones forman parte de un fichero responsabilidad del Vendedor, con domicilio en Málaga, Calle Severo Ochoa Nº19, Parque Tecnológico de Andalucía (Código Postal 29560), con la finalidad de gestionar la relación comercial. Asimismo, Vendedor y Comprador garantizan cumplir con el deber de información con respecto a sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las partes para el mantenimiento y cumplimiento de la relación contractual. La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de los interesados es la necesidad para la celebración y ejecución del presente contrato, así como el interés legítimo del responsable.

El plazo de conservación de sus datos será de 15 años con motivo de cumplir con las obligaciones legales de la empresa. No obstante, podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad a través de comunicación por escrito a la dirección indicada o ante el Delegado de Protección de Datos gdpr@torsa.es, aportando fotocopia de su DNI o documento equivalente e identificando el derecho que se solicita. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) o cualquier otra entidad que resulte competente en esta materia.

14 DERECHO APLICABLE. SUMISIÓN A JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.

Las presentes condiciones generales de venta se regirán por las leyes españolas o aquella otra ley que resulte de aplicación a la relación comercial entre el Distribuidor del Vendedor y el Comprador. En caso de discrepancias en relación a la interpretación, aplicación o ejecución de las mismas o de controversia en relación con los términos previstos en las presentes condiciones generales, las partes, renuncian expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles y aceptan someterse a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad de Málaga.